BANDO ORDEN DE 20 DE MARZO DE 2015, POR LA QUE SE PRORROGA, ENTRE OTROS, EL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACIÓN EN ANDALUCÍA

18 Ago 2015 | Bandos

 ORDEN DE 20 DE MARZO DE 2015, POR LA QUE SE PRORROGA, ENTRE OTROS, EL PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACIÓN EN ANDALUCÍA

DON EMILIO MARTÍNEZ PEDRERA,
ALCALDE-PTE. DE LA VILLA DE POSADAS (CÓRDOBA)

HAGO SABER:

Por la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, con el objeto de favorecer la inclusión social y paliar las situaciones de necesidad derivadas de la dificultad de acceso al mercado laboral para personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, SE PRORROGA para el 2015 el PROGRAMA EXTRAORDIANRIO DE AYUDA A AL CONTRATACIÓN DE ANDALUCÍA, aprobado por el DECRETO-LEY 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía.

Programa destinado a personas que se encuentren en situación de demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo y no hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud, y que además reúnan los siguientes requisitos:

A.- Pertenecer a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:

1º.- Que todos sus miembros hayan estado empadronados como residentes en un mismo domicilio en un municipio de Andalucía como mínimo desde 1 de agosto de 2014, a excepción de los menores nacidos, adoptados o acogidos con posterioridad a esta fecha.

2º.- Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea:
• Inferior al Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples (IPREM), para unidades familiares de una sola persona.
• Inferior a 1,3 veces el IPREM, para unidades familiares de dos personas ( 692,27 €/mes)
• Inferior a 1,5 veces el IPREM, para unidades familiares de tres personas ( 798,77 €/mes).
• Inferior a 1,7 veces el IPREM, para unidades familiares de cuatro o más personas ( 905,27 €/mes)

A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

B.- Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe Social de los Servicios Sociales Comunitarios, que se recabará en caso de cumplir los requisitos anteriores.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

1.-) Solicitud anexo I del Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio.
2.-) Fotocopia del D.N.I., o en su caso, del N.I.E. del solicitante.
3.-) En el supuesto de matrimonio con o sin descendencia, libro de familia.
4.-) En el supuesto de de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el Registro de Uniones de Hecho que corresponda.
5.-) Certificado de Empadronamiento expedido por el Ayuntamiento acreditativo de que todas las personas que constituyen la unidad familiar se encuentren empadronados como convivientes en un mismo domicilio al menos desde el 1 de agosto de 2014 de forma ininterrumpida.
6.-) Informe de vida laboral del solicitante en el que se refleje el año anterior a la solicitud
7.-) Tarjeta de Demanda de Empleo en el SAE.
8.-) Declaración expresa responsable de la personal solicitante de los ingresos percibidos por todas las personas miembros de su unidad familiar durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo al Programa de Ayuda a la Contratación.

Conforme al orden de prioridad en la adjudicación de los contratos establecido por el art. 9 del Decreto Ley 8/2014, las solicitudes que en su caso se den las circunstancias concretas establecidas deberán aportar también:

a) Informe de la vida laboral de cada componente de la unidad familiar para el caso de que hayan trabajado algún periodo de tiempo durante el año anterior a la solicitud.
b) Titulo de Familia Numerosa.
c) Certificado de discapacidad o situación de dependencia.
d) Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el próximo 9 de Septiembre de 2015.

Lo que se hace público para general conocimiento, en la villa de Posadas (Córdoba), a 13 de agosto de 2015.

El Alcalde.

Emilio Martínez Pedrera.