CONVOCATORIA MUNICIPAL DE AYUDAS SOCIALES AL ESTUDIO PARA EL CURSO 2021/2022

19 Ago 2022 | Educación

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/644292)

Extracto del acuerdo de fecha 28 de julio de 2022 de la Junta de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Posadas, por el que se aprueban las Bases Reguladoras de la Convocatoria Municipal de Ayudas al Estudio para el curso 2021/22.

BDNS: 644292

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Las personas beneficiarias y su unidad familiar, deberán estar empadronadas en el municipio de Posadas con un mínimo de un año, previo a la aprobación de las presentes Bases.

Las personas beneficiarias deberán estar matriculadas durante el presente curso 2021-2022 en algún centro que imparta los estudios objeto de las presentes Bases.

Las personas beneficiarias o, si es menor de edad,  su padre/madre o tutor/a, deberán encontrarse al día en el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias municipales, estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, con anterioridad a que se dicte la Resolución de Concesión de las subvenciones que regulan estas Bases.

Las personas beneficiarias quedarán obligadas a:

Someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente requeridas por los órganos municipales competentes, aportando cuanta información sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión de la ayuda.

Comunicar al Excmo. Ayuntamiento de Posadas cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, así como el importe de las becas, ayudas y subvenciones concedidas por cualquier Administración o Ente Público, entidades privadas o particulares con el mismo destino.

Aceptar las presentes bases en su totalidad.

Segundo. Finalidad

Reducir el impacto que los gastos derivados del curso académico ocasionan a las familias de los/as estudiantes del municipio de Posadas, que presentan condiciones socioeconómicas desfavorables y que cursen los siguientes estudios en Centros Públicos, o Centros Concertados de los municipios citados, siempre que, en este supuesto, la oferta educativa no se imparta en Centros Públicos ubicados en los mismos:

Primer y Segundo curso de Bachillerato.

Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior.

Programas de Cualificación Profesional Inicial.

Formación Profesional Básica.

Enseñanzas Universitarias y otros Estudios Superiores del sistema universitario español con títulos oficiales.

Para determinar los criterios relativos a la situación socioeconómica determinante para poder ser beneficiario de estas subvenciones será necesario que dicha situación esté incluida dentro de las recogidas por el informe emitido por Servicios Sociales.

Tercero. Bases reguladoras

Bases reguladoras para la convocatoria municipal de ayudas al estudio para el curso 2021/22.

Cuarto. Financiación

La financiación de las subvenciones concedidas al amparo de estas Bases se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria del presupuesto del año 2022 231.480.00, por importe total de 17.500 euros.

Un presupuesto total que resultará dividido en la presente convocatoria en dos modalidades, A y B:

-MODALIDAD A.- 25 BECAS DE 200 € (, PARA SOLICITUDES DE ESTUDIOS EN CENTROS EDUCATIVOS UBICADOS EN LOS SIGUIENTES MUNICIPIOS: ALMODÓVAR DEL RÍO, HORNACHUELOS, PALMA DEL RÍO, FUENTE PALMERA, GUADALCAZAR, LA VICTORIA, LA CARLOTA, POSADAS Y ENTIDADES LOCALES AUTÓNOMAS DE FUENTE CARRETEROS Y OCHAVILLO DEL RÍO.

-MODALIDAD B.- 25 BECAS DE 500 €, PARA SOLICITUDES DE ESTUDIOS EN CENTROS EDUCATIVOS UBICADOS EN MUNICIPIOS DISTINTOS DE LOS ANTERIORES.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes a las que se refiere esta convocatoria será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en  el Boletín Oficial de la Provincial de Córdoba, Web y Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Posadas.

Sexto. Otros datos

Las personas interesadas en beneficiarse de estas Ayudas, deberán presentar una instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, en impreso normalizado, que será facilitado gratuitamente en el Registro General del Ayuntamiento de Posadas, junto a las bases de la convocatoria. (Esta documentación también se podrá descargar de la página web municipal: www.posadas.es).

Dicha instancia, dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Posadas, conforme al Anexo I de las presentes Bases, se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Posadas o por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

A dicha instancia deberán adjuntarse los siguientes documentos:

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o equivalente para naturales de otros países de:

a) La persona solicitante.

b) Todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar. 

Certificado de empadronamiento colectivo de la unidad familiar.

Certificado del centro educativo que acredite que se está cursando y no haber causado baja en este año escolar 2021/2022  en un Centro de Enseñanza que preste la oferta educativa objeto de las presentes Bases.

Las personas solicitantes que cursen estudios en centros concertados solo serán admitidas de no encontrarse la oferta educativa en centros públicos, siendo la propia persona solicitante la encargada de demostrar la no oferta educativa en centros públicos. No se admitirá ninguna solicitud de persona que se encuentra cursando estudios en centros privados.

Declaración de la Renta (Ejercicio 2021) de todos y cada uno de  los miembros de la unidad familiar que convivan con la persona solicitante. Y para el caso de que algún miembro no la hiciese deberá de presentar Certificación Negativa de Hacienda  y  Declaración jurada de ingresos obtenidos en 2021. (ANEXO IV)

Declaración de no estar incurso en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo II). Dicha declaración deberá estar firmada de forma independiente al Anexo I por la persona interesada, o en caso de ser menor, por su tutor/a.

Fotocopia de la primera cara de la cartilla de cuenta bancaria en el que se abonará el importe de la ayuda donde aparezca como titular o cotitular la persona solicitante (excepto para menores de edad, donde aparecerá el padre/madre o tutor/a como titular de la cuenta) así como su DNI.

Fotocopia de la documentación complementaria que acredite la situación familiar y/o personal que sea objeto de valoración. (Libro de familia, carnet de familia numerosa, sentencia de divorcio, certificado de invalidez, demanda de empleo, documento que acredite que cualquier otro miembro de la familia está cursando estudios postobligatorios,&).

Resolución de beca recibida y/o Declaración Jurada firmada donde se indique la recepción o no de beca de cualquier otro organismo y cantidad. ANEXO III 

Declaración Responsable sobre el destino de la subvención que se recibe (ANEXO V)

Solicitud (ANEXO I) (datos personales de la persona solicitante  y de su padre/madre o tutor/a en el caso de ser menor de edad). Deberán presentarse firmados por la persona solicitante o su padre/madre o tutor, en caso de ser menor de edad,  y se comprometerán a:

a) Aceptar las Bases para la que solicitan la ayuda

b) Manifestar que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.

c) Manifestar que quedan enterados/as de que la inexactitud en las circunstancias declaradas daría lugar a la negación o revocación de la ayuda.

d) Autorizar al Iltmo. Ayuntamiento de Posadas a solicitar de oficio el certificado de empadronamiento colectivo así como el certificado de convivencia en caso de que fuera necesario.

e) Comunicar si ha solicitado alguna otra ayuda, beca o ayuda al MEC, u otro organismo público o privado y, si lo supiera ya, la cuantía percibida o que podría recibir.

f) Autorizar al Iltmo. Ayuntamiento de Posadas para el envío de mensajes a sus móviles personales y a otros móviles que indiquen en la solicitud, para cualquier comunicación referida a esta convocatoria.

g) Autorizar al Iltmo. Ayuntamiento de Posadas para la publicación de sus datos en la página Web de esta entidad.

h) Manifestar que está al corriente de sus obligaciones tributarias municipales, estatales y autonómicas y con la Seguridad Social.

i) Manifestar que ha procedido a la justificación de las ayudas o subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Posadas.

j) Manifestar que se reside habitualmente en el municipio de Posadas.

En el caso de que la instancia o documentación complementaria fueran incorrectas o incompletas, se concederá un plazo de días hábiles desde la publicación de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as en el Tablón de Anuncios de esta entidad, para que se subsane la documentación requerida. Si en este plazo la persona peticionaria no efectúa la rectificación reclamada, se entenderá que desiste de su solicitud procediéndose a archivar de oficio el expediente.

Así mismo, se advierte que aquellas personas que actúan en nombre o representación de persona mayor de edad deberán aportar poder o autorización para realizar estos trámites de modo que la persona interesada (beneficiaria) mayor de edad diese autorización para la realización de estos trámites (ANEXO VI).

(Firmado y fechado electrónicamente por el Alcalde, Emilio Martínez Pedrera)

Posadas (Cordoba), 16 de agosto de 2022. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Emilio Martinez Pedrera.

Documentación

Bases de la convocatoria

Anexo I

Anexo II

Anexo III

Anexo IV

Anexo V

Anexo VI

Anuncio del B.O.P. Córdoba