CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO AL SECTOR TRANSPORTE DE POSADAS, AFECTADO POR LAS CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LA INVASIÓN DE UCRANIA.

5 Oct 2022 | Desarrollo

El texto completo del extracto de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Extracto del acuerdo, de fecha 26 de agosto de 2022, de la Junta de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Posadas, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas extraordinarias de apoyo al sector del transporte de Posadas afectado por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania. (2022). BDNS 651282

Primero. Beneficiarios: Podrán ser beneficiaras de estas ayudas los trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España, que no formen parte del sector público, que se encuentren ubicados en la localidad de Posadas, sean titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDPE, MDLE, atendiendo al número y tipología de vehículo adscritos a la autorización y que a fecha de convocatoria de las presentes bases, se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.

Quedan excluidos/as como beneficiarios/as de las ayudas:

  • Las personas autónomas que trabajen por cuenta ajena.
  • Las empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que constituyen un grupo de empresas o que son continuación o derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas que hubieran presentado solicitud a la presente convocatoria de subvenciones.

Solo se concederá una única ayuda por autónomo/a, empresa (entendiendo como tal la unidad productiva), con independencia del alta en diferentes epígrafes de actividades económicas que la persona interesada pueda tener (una única ayuda por autónomo/a o una única ayuda por empresa o).

Asimismo, cuando la persona autónoma o empresa figure de alta en dos o más epígrafes del IAE, será considerada como posible beneficiaria siempre que la actividad principal que desarrolla esté incluida dentro de las actividades subvencionables.

Debiendo en cualquier caso desarrollar alguna de las actividades descritas en el art. 3 de las Bases Reguladoras. (Actividades Subvencionables)

Segundo. Finalidad: La finalidad de la concesión de estas subvenciones es otorgar a los trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica propia del sector transporte de Posadas, una ayuda con la finalidad de garantizar su sostenibilidad evitando el riesgo de exclusión social del sector, así como para garantizar el mantenimiento del abastecimiento de los productos de primera necesidad a la población. Tras la afección de dicho sector con la invasión de Ucrania.

Tercero. Bases reguladoras: Bases reguladoras para la convocatoria para la concesión de ayudas extraordinarias de apoyo al sector del transporte de Posadas afectado por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania. (2022)

Cuarto. Financiación y cuantía: La financiación de las subvenciones objeto de la presente convocatoria se realizará con cargo al Presupuesto General 2022, aplicación presupuestaria 433.480.83, por importe de TREINTA MIL EUROS (30.000 €), existiendo crédito adecuado y suficiente en el mencionado presupuesto.

La cuantía individual a percibir por cada beneficiario será el resultado de dividir la cuantía total destinada a estas ayudas entre el número de beneficiarios que reúnan los requisitos determinados en las presentes bases, siendo la cantidad máxima individual a percibir la de 1.200 euros.

Quinto. Actividades subvencionables: Siguiendo la línea de lo establecido en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, el importe de las ayudas se repartirá entre las diversas actividades de acuerdo con lo dispuesto en la siguiente tabla:

Código CNAEActividad
 A. TRANSPORTES:
4932Transporte por taxi.
4939Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
4941Transporte de mercancías por carretera.

Sexto. Gastos subvencionables: Serán subvencionables los siguientes gastos siempre que sean inherentes a la actividad económica que desarrolle la persona solicitante:

  1. Los gastos derivados del carburante.
  2. Los gastos de seguros vinculados a la actividad, tales como seguros de responsabilidad civil, incendio, robo, accidentes convenio, multiriesgo.
  3. Los gastos de asesoría fiscal, contable y laboral vinculados a la actividad.
  4. Las cuotas a la Seguridad Social abonadas en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o mutualidades obligatorias (estos gastos sólo serán objeto de subvención para aquellos solicitantes que tengan la condición de personas físicas, empresario individual o autónomo).

Septimo. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para presentar las solicitudes a las que se refiere esta convocatoria será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. (Hasta el 26 de octubre)

Octavo. Otros datos: Las solicitudes y el resto de la documentación requerida en estas Bases, se encontrarán a disposición de los/as autónomos/as y sociedades interesadas en las oficinas del Ayuntamiento de Posadas en Plaza del Ayuntamiento, 1.

La solicitud se formalizará mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Posadas, conforme al Anexo I de las presentes Bases y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Posadas o por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

A cada ejemplar de solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación, original o copia compulsada:

Las solicitudes deberán ser presentadas por la persona interesada o su representante legal y acompañarse obligatoriamente de la siguiente documentación en original o fotocopia compulsada:

-EN EL SUPUESTO DE PERSONAS FÍSICAS:

  • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.

-EN EL SUPUESTO DE PERSONAS JURÍDICAS:

  • NIF de la sociedad.
  • Fotocopia de las escrituras de constitución y de sus posteriores modificaciones.
  • Poder de representación y DNI de la persona que ostente la representación legal.

-EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS:

Documentación

Anuncio BOP

Bases reguladoras

Anexo I (pdf autorrellenable)

Anexo II (pdf autorrellenable)

Anexo III (pdf autorrellenable)

Anexo IV (pdf autorrellenable)