Comienza la FASE 2. Sanidad. Seguridad.
Os dejamos las medidas establecidas al efecto por la Junta de Andalucía.
Nota aclaratoria :
La apertura de 18.00 a 20.00 horas sólo está permitida en las condiciones indicadas en el BOJA ( prohibida la venta de alcohol) y para los establecimientos que realicen las siguientes actividades económicas y cuyos epígrafes sean:
672 CAFETERIAS
674.6 BAR EN TEATROS Y CINES
676 CHOCOLATERIA, HELADERIA