La Dirección General del Catastro elimina las restricciones en el uso de la Sede, que afectaban a la consulta general por el usuario del “estado de tramitación de todos los procedimientos o de todos los inmuebles de su titularidad”. Con ello se permite ampliar los servicios no presenciales prestados a los ciudadanos por parte de la Dirección General del Catastro. En concreto, se facilita a los ciudadanos que no están obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas iniciar y completar electrónicamente los siguientes procedimientos administrativos sin necesidad de contar con certificado electrónico, a través de la utilización de una clave con tu DNI y Número de soporte o IDESP (ambos aparecen en su DNI).
- Declaración de alteración catastral de los bienes inmuebles. Modelo 900D
- Solicitud de baja del titular catastral
- Solicitud de inscripción de trasteros y plazas de estacionamiento en pro indiviso
- Recurso de reposición contra un acto administrativo de la D.G. del Catastro
- Recurso de alzada
- Presentar otras solicitudes, ESCRITOS Y DOCUMENTOS GENÉRICOS
- Presentar ESCRITOS SOBRE EL VALOR DE REFERENCIA DE UN INMUEBLE DEL QUE SE ES TITULAR
Esta mejora redundará, sin duda, en una mayor utilización de los servicios electrónicos ofrecidos a través de la Sede Electrónica del Catastro y en una mejora del servicio que el Catastro presta a todos los ciudadanos.
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