PROGRAMA DE AYUDAS A EMPRESAS DE POSADAS – ESTRATEGIA 2: AUTÓNOMOS/AS Y ESTABLECIMIENTOS

5 Jun 2020 | Adepo, Desarrollo, Información Covid19, Red CIEs Córdoba

El Ayuntamiento de Posadas pone a disposición de los establecimientos comerciales y autónomos/as un Programa de Ayudas a Empresas de Posadas, cuya primera estrategia consistió en apoyar a los comercios que iban a realizar su apertura dentro de las Fases de desescalada publicitadas por el Gobierno de España con la desinfección de establecimientos, dotación de kit de protección y elaboración de cartelería indicativa.

Esta segunda entrega de ayudas aprobadas por parte del Ayuntamiento de Posadas tienen como objeto la concesión de ayudas económicas a fin de colaborar y paliar en parte, las consecuencias sobrevenidas por la declaración del Estado de Alarma declarado por el Gobierno de la Nación ante la pandemia del COVID-19, a las personas inscritas en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, empresas y comunidades de bienes del término municipal de Posadas, que hayan visto interrumpida su actividad por el obligatorio cierre, conforme a lo establecido por la normativa relativa al Estado de Alarma.

Las ayudas previstas en el presente programa serán compatibles con cualquier otra ayuda o subvención convocada por cualquier Administración Pública o Privada.

Estas ayudas podrán consistir en:

2.1. LINEA DE SUBVENCIONES DE 177.000 €

Los establecimientos y autónomos/as que se hayan visto afectados/as por el cierre de su establecimientos/actividad, con domicilio fiscal en Posadas y que así lo requieran a través de la solicitud correspondiente, podrán optar a una subvención directa de 600 € y al pago de tasas municipales indicadas en las bases y ya abonadas en 2020. 

2.2. SUSPENSIÓN DE TASAS MUNICIPALES VELADORES, PORTADAS, ESCAPARATES, LETREROS, PUESTO DE MERCADILLO.

El Ayuntamiento de Posadas, exonerará del pago de tasas municipales que se deriven de la instalación o existencia de veladores, portadas, escaparates, letreros y puesto de mercadillo para el año 2020, a partir de la publicación de la resolución correspondiente.

RESUMEN DE BASES

Beneficiarios/as: Autónomos/as, empresas y las comunidades de bienes que tengan su domicilio fiscal y establecimiento permanente en Posadas, que hayan visto interrumpida su actividad por el obligatorio cierre.

Cuantía: 600 € por establecimiento más pago de tasas municipales ya abonadas en 2020 + suspensión de tasas resto del año (veladores, portadas, escaparates, letreros y puesto de mercadillo).

Gastos subvencionables:  Arrendamiento, suministros, publicidad, compra de mercaderías, seguros, protección de instalaciones, reparación y/o conservación del local, productos para protección Covid-19 y, por último, gastos correspondientes a tasas municipales indicadas en bases ya abonadas.

Plazo de solicitud: Hasta 13 de julio de 2020.

Documentación a presentar:

1. Solicitud (Anexo I). Rellenable.

2.. Anexo II y III. Rellenable.

3. Autorización a empleado/a municipal para tramitación de ayuda en fase preparatoria.

4. Certificado tributario de Situación Censal

5. Resolución/certificación del alta de autónomo e informe de vida laboral del solicitante con fecha actual. En caso de Empresas el Duplicado de documentos de Inscripción y Asignación de CCC para empresario. Para el caso de mutualistas deberán presentar el alta correspondiente en su mutualidad alternativa.

6. Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT) y autonómica (ATRIAN) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

7. Documento bancario o similar que acredite el número y la titularidad de la cuenta corriente.

8. Apoderamiento de representante, si el/la solicitante actúa con representante.

9. Además, para el caso específico:

– En el supuesto de personas físicas: Fotocopia de DNI de la persona solicitante.

– En el supuesto de personas jurídicas: NIF de la sociedad / Fotocopia de las escrituras de constitución y de sus posteriores modificaciones / Poder de representación y DNI de la persona que ostente la representación legal.

– En el supuesto de comunidades de bienes: NIF de la comunidad / Fotocopia de los estatutos / DNI de todas las personas miembros.

Obligaciones (entre otras):

1. Mantener la actividad empresarial durante 6 meses, como mínimo.

2. Publicidad de ayuda mediante indicativo a la entrada del local.

TRAMITACIÓN DE AYUDAS:

ÁREA DE DESARROLLO LOCAL

C/ Migue Hernández, s/n.

Cita previa: 957 630 407 Ext. 1 y Ext. 5

Correo-e: desarrollo@posadas.es

Horario: Lunes a viernes, de 10:00 a 14:00 h.